Efectos de la declaración del concurso (es)
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España > Derecho concursal
Dentro de los efectos de la declaración del concurso debemos distinguir:
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El deudor
Los efectos del concurso respecto al deudor, comparado con la legislación anterior, se atenúan y se suprimen los que tenían un carácter represivo de la insolvencia:
- La "inhabilitación" se reserva para el concurso culpable.
- Declarado el concurso, el deudor conserva las facultades patrimoniales sometidas a intervención, normalmente.
- El juez del concurso amplias facultades para adoptarlas o modificar las consecuencias de la declaración del concurso sobre la persona del concursado.
- El deudor tiene, con un sentido positivo, el deber del deudor de colaborar con los órganos del concurso, siendo su auxiliar para la conservación y administración de la determinación de la masa activa y pasiva del concurso.
- No interrumpe el ejercicio de la actividad profesional o empresarial del deudor.
- Se conservan plenamente, o bajo supervisión de la administración concursal, las obligaciones contables, mercantiles, etc, del concursado.
- Se regula un derecho de alimentos del deudor persona natural.
- Durante la tramitación del concurso se mantienen los órganos de la persona jurídica deudora.
Los acredores
Los efectos del concurso respecto de los acreedores son múltiples, pero debemos distinguir:
- Efectos del concurso respecto de la integración de la masa pasiva.- Todos los acreedores del deudor quedarán de derecho integrados en la masa pasiva del concurso, sin más excepciones que las establecidas en las leyes.
- Efectos del concurso respecto de las acciones individuales.
- Efectos del concurso respecto de las ejecuciones y apremios:
- No podrán iniciarse ejecuciones singulares, judiciales o extrajudiciales, ni seguirse apremios administrativos o tributarios contra el patrimonio del deudor.
- Podrán continuarse los procedimientos administrativos de ejecución y las ejecuciones laborales en las que se hubieran embargado bienes del concursado.
- Las actuaciones en tramitación quedarán en suspenso.
- Efectos del concurso respecto de las ejecuciones con garantía hipotecaria:
- Se respeta la naturaleza propia del derecho real sobre cosa ajena.
- Se paralizan, temporalmente, las ejecuciones, con el máximo de un año a partir de la declaración de concurso.
- Efectos del concurso respecto de las ejecuciones y apremios:
- Efectos del concurso respecto de los créditos:
- No procede la compensación de los créditos y deudas del concursado.
- Queda suspendido el devengo de los intereses, legales o convencionales, salvo los correspondientes a los créditos con garantía real.
- Los créditos salariales que resulten reconocidos devengarán intereses conforme al interés legal del dinero.
- Los créditos derivados de los intereses tendrán la consideración de subordinados.
La prescripción
La declaración de concurso también afecta a la prescripción. Desde la declaración hasta la conclusión del concurso queda interrumpida la prescripción de las acciones contra el deudor por los créditos anteriores a la declaración.
Los contratos
Poco podría hacerse por los administradores concursales si no existieran mecanismos para coordinar los efectos de los contratos existentes, sobre todo los de tracto sucesivo. Los efectos del concurso respecto de los contratos son.
- Efectos del concurso respecto de los contratos laborales:
- Efectos del concurso respecto del contrato de alta dirección.- La administración concursal, por propia iniciativa o a instancia del deudor, podrá extinguir o suspender los contratos de éste con el personal de alta dirección.
- Efectos del concurso colectivos.- Los expedientes de modificación sustancial de las condiciones de trabajo y de suspensión o extinción colectiva de las relaciones laborales se tramitarán ante el juez del concurso.
- Efectos del concurso respecto del contrato administrativo.- Son los mismos que para la declaración de concurso.
- Efectos del concurso respecto del contrato de crédito.- La administración concursal, por propia iniciativa o a instancia del concursado, podrá rehabilitar los contratos de préstamo y demás de crédito.
- Efectos del concurso respecto del contrato de adquisición de bienes con precio aplazado.- La administración concursal, por propia iniciativa o a instancia del concursado, podrá rehabilitar los contratos de adquisición de bienes muebles o inmuebles con contraprestación o precio aplazado cuya resolución se haya producido dentro de los tres meses precedentes.
- Efectos del concurso respecto del contrato de arrendamiento.- El principal efecto es la enervación del desahucio.
Actos perjudiciales
Además, se prevén una serie de mecanismos para evitar los actos perjudiciales para la masa activa, debiendo de agruparlos en los siguientes aspectos:
- Acciones de reintegración.- Serán rescindibles los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración del concurso.
- Procedimiento para la acción de reintegración.- El incidente concursal.
- Efectos de la rescisión:
- Ineficacia del acto impugnado.
- Restitución de las prestaciones, con sus frutos e intereses.
Bibliografia
- Romero Sanz de Madrid, Carlos, Derecho concursal, Madrid : Thomson-Civitas, 2005, 488 p. ISBN 8447023125
- Fernández-Ballesteros, Miguel Ángel (coordinador), Proceso concursal práctico : (comentarios a la nueva Ley Concursal), Madrid : Iurgium, D.L. 2004, 1253 p. ISBN 8493218715
- Coll. Estudios sobre la Ley Concursal: libro homenaje a Manuel Olivencia, Madrid : Marcial Pons ; Cádiz : Unicaja ; Córdoba : Cajasur, 2005, 5 vol. ISBN 8497681770 (o.c.), ISBN 8497681789 (Tom.I), ISBN 8497681797 (Tom.II), ISBN 8497681800 (Tom.III), ISBN 8497681819 (Tom.IV), ISBN 8497681827 (Tom.V)
Véase también
- Encuentre el término Efectos de la declaración del concurso en el Internet jurídico español
- Administración concursal
- Auto de declaración de concurso
- Declaración del concurso
- Derecho concursal
- Determinación de la masa activa y pasiva del concurso
- Ley Concursal
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