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Auto judicial (es)

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Es uno de los tres tipos de resolución judicial, las otras dos son sentencias y providencias (los secretarios solo dictan diligencias de ordenacion).


El auto se utiliza para resolver cuestiones con entidad procesal y/o sustantiva, pero, que por ley no tienen la transcendencia suficiente para resolverse mediante sentencia. La resolución de una cuestión mediante sentecia o auto tiene una gran transcendencia respecto de:


Su estructura y requisitos son:

  • Resolución judicial (del juez).
  • Fundada (referída al caso, no una argumentación general aplicable a todos los asuntos).
  • Los hechos y razonamientos jurídicos separados mediante párrafos numerados.
  • La parte dispositiva (aquella que se ejecuta), separada del resto.


Con carácter general, corresponde dictar un auto se resuelven:

Su régimen de recursos, por cuanto tiene contenido decisorio, es similar al de las sentencias, pero no llega a disfrutar, plenamente, de todo lo previsto para ellas.

Véase también

Autor: historial

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